No existe un matrimonio que disolver, pero una ruptura puede exigir regular medidas sobre los hijos, la vivienda, los gastos o el patrimonio común. Te ayudamos a identificar qué necesitas resolver y cuál es el siguiente paso.
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La ruptura de una pareja de hecho requiere separar dos planos: por un lado, las medidas familiares cuando existen hijos en común; por otro, las cuestiones patrimoniales derivadas de la vivienda, bienes, deudas o aportaciones realizadas durante la convivencia. No se aplica automáticamente un régimen económico matrimonial.
Si además estáis inscritos como pareja de hecho, puede ser necesario revisar la cancelación de la inscripción y sus efectos administrativos.
Empieza por la cuestión que más se parece a vuestra situación.
Custodia, estancias, pensión de alimentos, gastos extraordinarios y uso de la vivienda pueden necesitar un acuerdo o resolución judicial.
Conviene identificar quién es titular de cada bien, qué aportaciones se hicieron y si existen deudas o bienes adquiridos conjuntamente.
Una orientación inicial puede ayudarte a distinguir qué cuestiones familiares, patrimoniales o administrativas deben resolverse.
Cuando existen hijos en común, la ruptura puede requerir regular la guarda y custodia, el régimen de estancias y comunicaciones, la pensión de alimentos, los gastos extraordinarios y, cuando proceda, el uso de la vivienda familiar.
Si existe acuerdo, estas medidas pueden prepararse de forma ordenada para su aprobación. Si no existe acuerdo suficiente, habrá que valorar la vía judicial adecuada.
En una pareja de hecho no debe darse por supuesto que existe una sociedad de gananciales. La respuesta depende de la titularidad de los bienes, los acuerdos existentes, las aportaciones de cada miembro y la situación concreta de la vivienda o de las deudas comunes.
Por eso evitamos trasladar automáticamente al ámbito de la pareja de hecho soluciones propias del matrimonio. Primero delimitamos qué patrimonio existe y qué cuestión jurídica hay que resolver.
No es lo mismo una ruptura pactada que una situación con desacuerdos importantes. Por eso el siguiente paso debe adaptarse a vuestra realidad.
Podemos ordenar las medidas familiares y patrimoniales necesarias y preparar el siguiente paso con una base común.
Identificamos qué cuestiones están cerradas y cuáles siguen pendientes antes de decidir la vía más adecuada.
Cuando hay conflicto sobre hijos, vivienda o patrimonio, conviene estudiar el caso antes de preparar documentos o propuestas cerradas.
Puedes utilizar una herramienta concreta o empezar por el diagnóstico y continuar desde el resultado.
Responde unas preguntas sobre acuerdo, hijos, vivienda y patrimonio y recibe una orientación inicial.
La herramienta distingue la pareja de hecho del divorcio matrimonial y orienta según las medidas que haya que regular.
Accede a calculadoras y utilidades para preparar decisiones sobre hijos, alimentos, documentación y organización familiar.
Un proceso claro para que sepas qué problema jurídico estamos resolviendo en cada momento.
Hijos, vivienda, bienes, deudas, acuerdos existentes y cualquier cuestión pendiente.
Evitamos tratar la pareja de hecho como si fuera un divorcio matrimonial.
Acuerdo, negociación, documentación específica o procedimiento judicial cuando sea necesario.
Preparamos los documentos y actuaciones que correspondan a vuestro caso.
No. Si no existe matrimonio, no hay vínculo matrimonial que disolver. La ruptura puede exigir otras actuaciones, especialmente si existen hijos, vivienda, bienes o una inscripción registral que deba cancelarse.
Puede ser necesario regular custodia, estancias, alimentos, gastos extraordinarios y otras medidas familiares. Estas cuestiones pueden acordarse o, si no hay acuerdo, resolverse judicialmente.
No debe presumirse un régimen de gananciales. Hay que estudiar la titularidad, las aportaciones, los pactos y la forma en que se adquirieron los bienes.
Depende de la titularidad, del uso familiar, de la existencia de hijos y de las circunstancias concretas. Es una de las cuestiones que conviene analizar de forma individual.
Cuando existe acuerdo, muchas cuestiones pueden ordenarse y formalizarse de manera pactada. La forma concreta dependerá de qué materias haya que regular.
La consulta jurídica individual tiene un precio de 60 € IVA incluido. En ella revisamos tu situación y te indicamos los siguientes pasos.
Si no sabes exactamente qué necesitas, puedes analizar tu caso online o reservar una consulta jurídica con abogado.
Cuéntanos en qué punto estás y te ayudamos a descubrir el siguiente paso.
Puedes empezar con una sola duda. Si quieres seguir, te iremos proponiendo el siguiente paso lógico.
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