¿Qué es el Convenio Regulador?

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¿Qué es el Convenio Regulador?

El convenio regulador es un documento donde se van a recoger todos los pactos que ambos cónyuges hayan alcanzado respecto a los aspectos personales y patrimoniales que van a regir después del divorcio.

Para que este convenio pueda desplegar toda su eficacia jurídica es imprescindible que haya sido aprobado judicialmente (o en el caso de los divorcios notariales, que conste en la escritura de divorcio)

A continuación, te vamos a explicar todo lo que necesitas saber sobre este convenio regulador, su obligatoriedad, la información que debe contener, su redacción, presentación y mas cosas interesantes al respecto.

¿Cuándo es obligatorio la redacción de un Convenio Regulador?

Es obligatorio en el caso de que:

  • Divorcio de mutuo acuerdo solicitado por ambos cónyuges
  • Divorcio solicitado por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro cónyuge

Así, en los casos de divorcio express o de mutuo acuerdo, es exigible la redacción y aportación del convenio regulador a la demanda de divorcio.

¿Qué pasa en el caso de que los cónyuges no sean capaces de alcanzar un acuerdo?

En este caso, la tramitación del divorcio será por la llamada vía contenciosa.

En este caso será el Juez el que fije las medidas o reglas a adoptar después del divorcio, en esa situación no es necesario aportar con la demanda de divorcio el Convenio regulador.

¿Cuál es el contenido del Convenio Regulador?

Este convenio deberá contener como mínimo (siempre que sea aplicable) los siguientes puntos o contenidos:

  • El tipo de guarda y custodia que se establecerá para los hijos menores
  • El régimen de visitas y comunicación con el progenitor no custodio
  • Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar y ajuar domestico
  • La contribución a las cargas del matrimonio y pensión de alimentos
  • La pensión compensatoria
  • La liquidación del régimen económico matrimonial (sociedad de gananciales)

Además de los anteriores contenidos mínimos, el convenio regulador puede contener otros acuerdos entre los cónyuges que los mismos consideren oportunos.

¿Se requiere la aprobación del convenio regulador por parte del Juzgado?

Si, para que el contenido del convenio pueda surtir plenos efectos es necesario que sea aprobado por el Juez

En caso de que este aprecie que alguno de los contenidos del convenio regulador puedan ser dañosos o perjudiciales para alguna de las partes o para los hijos, podrá denegar su admisión

En este último caso, se deberá presentar al juez una nueva propuesta de Convenio y en caso de que tampoco sea factible su admisión, podrá ser el propio Juez quien determine las medidas que considere oportunas.

En caso de que esas medidas consideradas “inadecuadas” afecten a los hijos menores de edad, el juez dará traslado al Ministerio Fiscal para que emita informe al respecto.

Una vez que el juzgado apruebe el convenio regulador, este tendrá la misma eficacia ejecutiva que una sentencia o resolución judicial.

¿Cabe la modificación del convenio regulador?

Si, las medidas que en su día fueron aprobadas en el convenio regulador pueden modificarse las veces que sea necesario siempre y cuando exista una modificación sustancial de las circunstancias que en su día se tuvieron en cuenta para su aprobación.

Esta modificación puede instarse de mutuo acuerdo por ambos cónyuges o de forma contenciosa por uno solo de ellos.

¿Por qué es importante estar bien asesorado por una Abogado especialista en Derecho de familia en León?

Un divorcio puede ser complicado y traumático, por ello desde nuestro despacho SIEMPRE recomendamos ponerse en buenas manos expertas para que el procedimiento de divorcio no se nos atragante y poder llevarlo a buen puerto en las mejores condiciones posibles.

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